La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) ha sancionado a 21 fabricantes, 130 concesionarios y 2 consultoras por llevar a cabo prácticas anticompetitivas intercambiado información confidencial dentro del mercado de la distribución de vehículos, como fijando los precios máximos de los vehículos, las condiciones comerciales o la regulación de la postventa, todo ello en perjuicio de los consumidores.
Entre los fabricantes sancionados se encuentran Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen,Toyota y Volvo.
En diciembre de 2019, la Audiencia Nacional confirmó las sanciones impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, desestimando los recursos presentados por las empresas involucradas, y en los últimos meses la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación presentados por 15 de estos fabricantes, y en breve confirmará el resto. Es, por tanto, que devienen firmes las multas impuestas por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia.
Es decir, todos aquellos particulares y empresas que adquirieron un vehículo entre el febrero del 2006 y agosto del 2013 puede que hayan abonado más de la cuenta por él, pudiendo reclamar una indemnización de resarcimiento frente los fabricantes por el perjuicio que pudo haberles causado el sobrecoste soportado.
La cuantía de la indemnización, que será diferente en cada caso, depende del modelo del vehículo y del concesionario en el que se adquirió, oscilando entre un 5% y un 15% del valor del vehículo, dependiendo del mismo modo de un dictamen pericial a la hora de conseguir la estimación integra del Juzgado.